Retrasos y cancelaciones de vuelos. Derechos del pasajero
El avión es el medio de transporte más seguro y rápido del mundo pero también sufre problemas y los más comunes que suelen sufrir los pasajeros son el retraso y, aunque menos frecuente, la cancelación del vuelo.
Es importante conocer el Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo, que establece unas normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos que se ven inmersos en situaciones como las anteriores.
Cabe destacar la diferencia entre una cancelación de vuelo y un retraso, en la medida que el retraso implica salir en el mismo avión y con el mismo plan de vuelo, aunque sea con un gran número de horas de diferencia y la cancelación se entiende como la no realización de un vuelo programado.
La diferencia es fundamental, pues la cancelación otorga más derechos a los pasajeros, entre ellos el derecho a compensación económica.
Ante un retraso, dependiendo del tiempo de espera, el pasajero tiene derecho al reembolso del billete, así como a que se le ofrezcan alimentos y la posibilidad de realizar dos llamadas y/o enviar un fax o email, todo ello de forma gratuita. En caso de pernocta, la compañía debe buscarle alojamiento en un hotel y a poner un servicio de transporte para llegar al aeropuerto.
En la cancelación, además de los derechos anteriores, el pasajero cuenta con la posibilidad de ser compensado económicamente, compensación que puede llegar a los 600 euros.
La gran duda es: ¿tiene derecho a compensación un pasajero que sufre un gran retraso, por ejemplo de 24 horas, pero con el mismo plan de vuelo? En principio, al no tratarse de una cancelación, no. No obstante, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas tiende a equiparar estas situaciones de grandes retrasos a las de cancelación, otorgando a los afectados el derecho a compensación.