Cómo incapacitar a un familiar
Desgraciadamente nos podemos encontrar con la situación de que alguno de nuestros familiares, sobretodo personas de avanzada edad y, debido a enfermedades mentales degenerativas, hayan visto sus capacidades psicofísicas mermadas, con lo cual no son capaces de administrarse por sí solas.
Más allá del problema personal frente al que nos encontramos, que conlleva gran angustia a las familias, debemos enfrentarnos a un tedioso problema legal y por ello es conveniente iniciar un procedimiento de incapacitación, cuya regulación viene determinada tanto en la Ley de Enjuiciamiento Civil como en el Código Civil Español y el Código Civil de Cataluña.
Al margen de las cuestiones procesales, cabe destacar que se trata de un procedimiento relativamente sencillo mediante el cual conseguiremos que la persona sea declarada incapaz y uno de sus allegados sea nombrado tutor.
En el seno del procedimiento el presunto incapaz será reconocido por el juez, por un médico forense y por el Ministerio Fiscal. Este último debe velar por el interés del incapaz y por este motivo, durante el procedimiento, se deberá escuchar lo que declaren los familiares al respecto. En según qué casos, dependiendo del estado de lucidez del futuro incapaz, se le deberá escuchar también.
Si tras el procedimiento se constata que, efectivamente, los padecimientos que sufre el incapaz son persistentes y permanentes sin posibilidad real de mejoría, no deberían haber problemas para declararlo incapaz, en cuyo caso se designará un tutor que se encargará, entre otras cosas, de practicar un inventario sobre los bienes que tiene la persona y anualmente estará obligado a rendir cuentas ante el Juzgado.