¿Cómo formar una sociedad?

Esta es la cuestión que a continuación vamos a intentar abordar de forma simplificada, con el ánimo de solventar así aquellas dudas que muchas personas pueden llegar a plantearse cuando están a punto de fundar una sociedad.

Ante todo aclarar que por sociedad, podríamos entender en términos generales, aquella asociación de personas que libremente deciden aportar un dinero en común, con el propósito de crear así un fondo patrimonial para la sociedad, que les permita intervenir a todos ellos en la explotación de beneficios que finalmente se obtengan.

Por lo tanto, sabiendo ya a grandes rasgos que características definen una sociedad, indicar que los pasos básicos para su constitución pueden resumirse en los siguientes:

  • Obtener la denominación de la sociedad.
  • La citada denominación no podrá ser, en ningún caso, igual a la de otra ya existente, por lo cual, uno de los primeros trámites que deberemos realizar consiste en solicitar un certificado acreditativo de la denominación escogida.
  • Elaborar los estatutos por los que va a regirse la misma.
  • A continuación es preciso redactar los estatutos, las normas por las que va a regirse la nueva sociedad, que para que sean válidos deberán incluir una serie de puntos, tales como: el nombre de la sociedad, donde va a fijarse su domicilio, cual es el objeto o actividades a las que va a dedicarse, su duración, el capital con el que cuenta, la estructura del órgano de administración de la sociedad, el modo de adoptar acuerdos, etc.
  • Obtener el Certificado del banco.
  • El certificado bancario tiene por misión acreditar las cantidades aportadas por cada uno de los miembros a la sociedad, de forma que los interesados deberán proceder a abrir una cuenta a nombre de la sociedad, quedando garantizados realmente los ingresos efectuados por cada socio.
  • Acudir al Notario para firmar la escritura de constitución.
  • Solicitar el CIF de la sociedad.
  • Dicho documento será necesario para que la nueva sociedad pueda operar en el mercado.
  • Liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados
  • Y por último, acudir al Registro Mercantil.
  • Se presentará la escritura en dicho organismo con objeto de que sea calificada en inscrita por el Registrador.